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Fundamento Juridico |
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El comercio electrónico comenzó su desarrollo con anterioridad a la aparición de los primeros cuerpos normativos que han buscado regular la materia. Primero vino la tecnología, luego el derecho.
Es así como en los años 80´ en Chile ya se pueden advertir las primeras manifestaciones de comercio electrónico, caracterizadas por la conexión de computadoras de empresas, en redes cerradas y pagadas, y que al recibir ciertas ordenes estandarizadas y bajo ciertos protocolos previamente definidos y acordados por las partes, permitían la realización de operaciones y transferencias por intermedio de técnicas y medios electrónicos. Las primeras formas de comercio electrónico estaban caracterizadas por la presencia de acuerdos entre las partes, tanto para que la transmisión electrónica de datos tuviera lugar como para determinar alguna norma técnica que facilitara que ésta se produjese.
Hoy día la novedad está dada por la utilización de las nuevas tecnologías de la información y comunicaciones y, particularmente Internet. Ello ha permitido el paso hacia el comercio electrónico abierto, caracterizado por la ausencia de acuerdos bilaterales previos y entre partes que no mantienen, necesariamente, relaciones estables en el tiempo. Así, se comienza a contar con un canal abierto de comunicación, más barato y que permite la interacción entre millones de personas, aumentando exponencialmente la posibilidad de negocios.
Si bien no son discutibles las ventajas que trae aparejada esta nueva forma de comunicación, es posible advertir una serie de riesgos e incertidumbres para los usuarios, las que se encuentran caracterizadas fundamentalmente por la falta de certeza respecto de la validez y eficacia de las transacciones electrónicas, la prueba de las mismas y, la determinación de las partes que interactúan.
Lo anterior se resolvió en Chile por medio de la Ley 19.799 sobre documento electrónico, firma electrónica y los servicios de certificación de dichas firmas, que reconoce valor jurídico y probatorio a los documentos y las firmas electrónicas y, al mismo tiempo, otorga equivalencia al soporte electrónico con el papel. Así un acto o contrato otorgado o suscrito por medios electrónico, contará con el mismo valor jurídico y probatorio que si constara en papel.
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¿Qué es PKI? |
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La tecnología PKI (por su sigla en inglés, Public Key Infrastructure) es un conjunto de estándares establecidos en normas desarrolladas por ISO, la serie X de ITU y el grupo PKIX de la IETF. En particular, la norma RFC-3280 define un formato para los certificados de clave pública, usados en PKI y la norma RFC-3281 define un formato para los certificados de atributos usados en PMI. Estos estándares están orientados a definir plataformas seguras para el intercambio de información entre distintos agentes, el almacenamiento de información y la interacción segura entre componentes, entendiendo que éstos sean personas, empresas o sistemas computacionales.
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¿Qué es PMI? |
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La tecnología PMI (por su sigla en inglés, Privilege Management Infrastructure) es una infraestructura de manejo de poderes construído de acuerdo a normas internacionales, como RFC-3281, un nuevo estándar internacional para la administración de facultades y atributos, orientada a integrarse con las soluciones de certificados eletrónicos de acuerdo a la infraestructura de clave pública (PKI).
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